¿SE PUEDE O NO SE PUEDE MARCAR CON EL SÍMBOLO CE A LAS MÁQUINAS QUE SE COMERCIALIZARON ANTES DE 1996?
Hagamos una breve introducción histórica: la Directiva de Máquinas 2006/42/CE, que incluye una serie de normas y requisitos que hay que cumplir en cada fase, desde la fabricación y la comercialización hasta el uso final de la máquina, entró oficialmente en vigor en Italia el 21 de septiembre de 1996.
Antes de esa fecha, por lo tanto, no existía este procedimiento.
Si tienes máquinas «anteriores a 1996», no hace falta que les pongas la marca CE, pero la máquina sí que tiene que cumplir los requisitos de seguridad que establece el anexo V del Decreto Legislativo 81/2008.
¿Te estás preguntando qué tienes que hacer en la práctica?
Tras la evaluación de riesgos y el proceso de adaptación posterior, te tocará redactar una declaración de conformidad con el anexo V, en la que se afirme que la máquina es segura y que cumple con los RES, (REQUISITOS ESENCIALES DE SEGURIDAD), de dicho anexo.