A menudo se habla de los RES, los REQUISITOS ESENCIALES DE SEGURIDAD.
En este artículo te explicamos qué son y cómo deben aplicarlos tanto los fabricantes como los usuarios finales.
Los R.E.S., que figuran en el anexo I de la Directiva sobre máquinas, son una serie de obligaciones que todo fabricante debe cumplir para poder declarar que su máquina cumple con la normativa.
El cumplimiento de los R.E.S. se consigue mediante la aplicación voluntaria de las normas armonizadas, adoptadas por los organismos europeos de normalización. Estos documentos establecen los criterios y las directrices técnicas para que puedas diseñar y fabricar máquinas seguras. La identificación de los peligros y la evaluación de los riesgos asociados a la máquina, SEGÚN LA NORMA ISO 12100, te permiten identificar y aplicar los requisitos pertinentes.
En otras palabras, los R.E.S. se establecen en función de los peligros y riesgos que presenta la máquina. Esos riesgos y peligros se ponen de manifiesto mediante un análisis exhaustivo de la misma y la realización de un análisis de riesgos. Una vez identificados los R.E.S. aplicables, se procede a realizar las modificaciones necesarias en la máquina con el objetivo de cumplir con dichos requisitos.
Lo descrito anteriormente se aplica en el caso de las MÁQUINAS POSTERIORES A 1996. En el caso concreto de las MÁQUINAS FABRICADAS ANTES DE 1996, ¿qué debe hacer el fabricante para cumplir con los R.E.S.?
Si se realizan modificaciones que impliquen cambios en el rendimiento o en el modo de funcionamiento de la máquina, el fabricante colocará el marcado CE y se asegurará de que se cumplan los R.E.S. aplicables.
Si se mantienen las características originales, el fabricante adapta las máquinas según los REQUISITOS GENERALES DE SEGURIDAD del anexo V del Decreto Legislativo 81/08.